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En
Nueva York el matrimonio se considera una asociación. De acuerdo a esto, la propiedad
que se adquiere durante el matrimonio se considera propiedad de
la pareja y debe ser dividido equitativamente una vez que se divorcian.
Esto se aplica aunque la propiedad únicamente esté a
nombre de uno de los cónyuges.
El estado de Nueva York se
apega a la doctrina de distribución equitativa para dividir
la propiedad. En otras palabras, el juzgado hará lo que
es equitativo y justo. Al decidir como dividir los recursos, a
pesar de que los recursos normalmente se dividen a la mitad, el
juzgado tiene la autoridad para darle a uno de los partidos mas
o menos cuando se determina lo que es justo.
Hay excepciones significativas
a la regla que la propiedad adquirida durante el matrimonio es
propiedad matrimonial que debe dividirse al divorciarse. Las excepciones
incluyen propiedad adquirida antes del matrimonio, propiedad recibida
por herencia, y dinero recibido por la reclamación de una
lesión personal. Para permanecer fuera de la categoría
de propiedad matrimonial, estos tipos de propiedad deben de mantenerse
separados y apartado del otro cónyuge. Si por ejemplo se
deposita una herencia en una cuenta de banco conjunta, esto sería
suficiente para convertir la herencia en propiedad matrimonial
sujeta a división al divorciarse.
Otros recursos importantes
que están sujetos a distribución equitativa son la
pensión y cuentas de jubilación. La porción
del recurso que fue adquirida durante el matrimonio será considera
recurso matrimonial. Esta regala también se puede aplicar
en el caso de que la pareja nunca se haya separado ni divorciado
legalmente y continúen viviendo separados durante muchos
años.
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