Nupciales
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acuerdos nupciales
Un acuerdo hecho antes de contraer matrimonio concerniente a propiedad, asuntos financieros e hijos se conoce como un acuerdo prenupcial. Si el acuerdo se hace después de contraer matrimonio, se denomina un acuerdo post-nupcial. Ambos acuerdos pueden limitar los derechos de uno o ambos partidos sobre los recursos del otro partido. 

Tanto el acuerdo prenupcial como el post-nupcial debe ser justo y debe revelar todos los recursos de ambos partidos para que sea válido. Cada partido debe tener su propio abogado independiente para preparar el acuerdo. Si uno de los partidos no es representado por un abogado, el o ella puede anular el acuerdo planteando que el o ella no entendió lo que estaba firmando. El acuerdo debe contener cierto lenguaje legal y las firmas deben ser certificadas por un notario. Normalmente los juzgados consideran que los acuerdos prenupciales y post-nupciales deben cumplirse, siempre y cuando se hayan preparado apropiadamente, se firmaron por ambos partidos bajo su propia decisión con la representación de un abogado independiente y sean justos.


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