![]() En un divorcio de acuerdo mutuo, un cónyuge no se opone al divorcio comenzado por otro cónyuge. Si el divorcio es “concertado”, el acusado acuerda el divorcio firmando ciertos documentos. Si el divorcio es “por culpa”, el acusado no responde a una citación judicial que se le haya despachado. Un abogado debe representar a solo un partido en el divorcio. Normalmente representamos al demandante. El acusado puede contratar a su propio abogado. Si el acusado no contrata a un abogado, él o ella se conocerá como un “pro se”, lo cual significa que se representa a sí mismo. A pesar de que la ley no requiere que ambos partidos sean representados por un abogado, normalmente se recomienda que cada partido sea representado por un abogado separado e independiente. Una excepción posible a esta regla es cuando el matrimonio fue corto y no existen hijos ni recursos. Si un divorcio de acuerdo mutuo es apropiado y usted desea que se inicie, tendrá que firmar un acuerdo de retención y pagarnos la tarifa de retención. Nos tendrá que proporcionar toda la información necesaria para preparar los documentos de divorcio. Si situación es sencilla, podremos llevar su caso sin que tenga que visitar nuestra oficina. Durante su segunda visita tendrá que firmar documentos y hacer un Segundo pago. Después adquiriremos una ficha de un Funcionario del Condado y presentaremos la citación con un Aviso. Luego, enviaremos los papeles correspondientes al acusado para el o ella los firme. Una vez que recibamos los papeles firmados por su cónyuge y que usted pague su saldo, enviaremos los documentos al Juzgado. Normalmente toma de dos a cuatro meses para que su divorcio se finalice. Le enviaremos a usted y a su cónyuge una copia certificada del Juicio de Divorcio. Por ultimo, presentaremos a la Oficina del Condado evidencia de que se envió una copia del Juicio a su cónyuge. Si su cónyuge se niega a firmar los papeles de divorcio y no existen hijos ni propiedad, usted puede proceder despachando los papeles a su cónyuge, lo cual requiere una tarifa adicional. Si su cónyuge no responde por escrito después del periodo de tiempo permitido, presentaremos el caso como un divorcio “por omisión”. Nuestra experiencia ha sido que en la mayoría de estos casos no se presentan mas gastos. Sin embargo, si su cónyuge nos envía una respuesta por escrito oponiéndose al divorcio, usted tendrá que firmar un acuerdo de retención, en el que nuestra tarifa será determinada con por hora, y tendrá que pagar una tarifa adicional de retención. Si existen hijos y/o recursos, y si su cónyuge no acuerda el divorcio, tendremos que despachar a su cónyuge con un Aviso de Citación Judicial para poder proceder. En este caso también tendrá que firmar un acuerdo de retención el cual determinará nuestra tarifa por hora y tendrá que pagar una tarifa adicional de retención. De conformidad con las leyes de Nueva York, esta pagina de internet se considera como publicidad legal. Copyright © 2004-2007 por Jeffrey B. Peltz P.C. Se reservan todos los derechos. Se puede reproducir materiales disponibles en ese sitio para su uso propio y para distribución no-comercial. Todas las copias deben incluir esta declaración de derechos del autor. |
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